El TJUE concede la razón al magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena al entender que no puede rechazar la entrega de los encausados por el Procés
NACHO CABALLERO - El Plural - Martes, 31 de enero de 2023
Carles Puigdemont, en una imagen de archivo. Fuente: Europa Press.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dado la razón al magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena. La Justicia belga entiende que no puede rechazar la entrega de los encausados por el procés, entre ellos el expresident de la Generalitat, Carles Puigdemont, para ser juzgados en España. Así las cosas, la corte allana el camino para una nueva eroorden por malversación contra el ex jefe del Ejecutivo catalán sus exconsellers Lluís Puig y Toni Comín.
La Justicia europea ha hecho pública una sentencia mediante la cual dictamina que Bélgica no puede anteponerse a la entrega de Carles Puigdemont basándose en que el Tribunal Supremo no es competente para juzgarle y que, por este motivo, predomine un elevado riesgo de violación de derechos fundamentales, como que el de enfrentarse a un juicio justo.
No obstante, existe una rendija a la negativa belga, pero esta laguna se debería completar con pruebas fehacientes de que en España existen "deficiencias sistémicas o generalizadas que afectan a su sistema judicial". Relato que, a tenor de lo que sostienen tanto el propio país como la Comisión Europea, está lejos de ser cierto.
La Gran Sala de 15 jueces ha emitido un fallo en el que recuerdan que "los principios de confianza y de reconocimiento mutuos entre los Estados miembros constituyen la piedra angular del sistema de cooperación judicial de la euroorden". Por ende, el rechazo a la entrega "debe tener un carácter excepcional". Por su parte, Llarena decidió aplicar la derogación de la sedición a Puigdemont y a Comín. No obstante, mantiene el procesamiento a los tres líderes del procés por el tipo penal más grave. El magistrado del Supremo dejó sin efecto las euroórdenes contra los tres dirigentes catalanes fugados, aunque ya anunció nuevas en función del dictamen final de la Justicia europea en materia de inmunidad.
Sentencia vinculante
El fallo del TJUE contesta de manera directa a este cuestión prejudicial, avalando la visión del juez Llarena y, además, ostenta un carácter vinculante, lo que implica que los magistrados belgas que instruyan la causa de Puigdemont se verán obligados a aplicarlo. Sin embargo, aún queda pendiente la decisión final del Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) sobre la inmunidad de Puigdemont y Comín como eurodiputados.
El juez del Supremo elevó esta cuestión a Luxemburgo tras el caso de Puig, cuya entrega a España fue rechazada de pleno por el Tribunal de Apelación de Bruselas hace dos años. En aquel momento, la justicia de Bélgica desgranó que el Supremo carecía de competencias para analizar su causa y se atribuía un elevado riesgo de que se vulnerara su presunción de inocencia. Llarena trasladó el caso al TJUE para regatear una resolución idéntica a los supuestos de Puigdemont y Comín, preguntando también si se podría emitir una nueva euroorden contra el expresident de la Generalitat.
Sin embargo, en este aspecto, el fallo abre el camino a la emisión de "varias euroórdenes de detención y entrega contra una persona siempre con el fin de obtener su entrega por un Estado miembro después de que dicho Estado se negara a ejecutar una primera eurorden dirigida contra esa persona". En este snetido, la sentencia remarca que no debería producirse una vulneración de derechos.
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